Archivo de Junio, 2008

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Revisiones de Gas Butano intentara con este artículo explicar los diferentes pasos a seguir que deberá realizar el futuro titular o usuario de una instalación de gas butano o propano para dar de alta o poner en servicio una instalación.

El alta de la instalación de gas o puesta en servicio de esta es el trámite necesario para poder disfrutar de nuestra instalación de gas.

El R.D. 919/2006 del 28 de Julio dice en su introducción textualmente:

Para la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones se requiere en todos los casos la elaboración de una documentación técnica, en forma de proyecto o memoria, según las características de aquéllas, y su comunicación a la Administración.

Se exige la entrega al titular de una instalación de una documentación donde se reflejen sus características fundamentales, trazado, instrucciones y precauciones de uso, etc. Carecía de sentido no proceder de esta manera con la instalación de un inmueble, mientras se proporciona sistemáticamente un libro de instrucciones con cualquier aparato.”

Esta introducción se desarrolla de forma extendida, en el Artículo 5 del mismo R.D. 919/2006 del 28 de Julio, (Reglamento que entra en vigor el 4 de marzo del año 2007), y que a continuación citamos, y dice que se requiere dependiendo del tipo de instalación una serie de documentación la cual deberá ser elaborada bien por un Instalador Autorizado de Gas si no se requiriese proyecto, bien por técnico facultativo competente, en el caso de que la instalación requiera proyecto, en un próximo artículo trataremos de explicar con detalle cuales son las características de las instalaciones que requieren proyecto y de las que no requieren proyecto.

“Artículo 5. Puesta en servicio de instalaciones

La puesta en servicio de las instalaciones contempladas en este reglamento se condiciona al procedimiento general que se indica en los apartados siguientes, de acuerdo con lo establecido en el art. 12.3 de la Ley 21/ 1992, de 16 de julio. Los requisitos específicos para cada tipo de instalaciones se determinarán en las ITCs correspondientes que acompañan a este reglamento.

5.1 Diseño.- Para cada instalación deberá elaborarse una documentación técnica, en la que se ponga de manifiesto el cumplimiento de las prescripciones reglamentarias. En función de las características de la instalación, según determine la correspondiente ITC, la documentación técnica revestirá la forma de proyecto suscrito por técnico facultativo competente, o memoria técnica que podrá suscribir, en su caso, el instalador autorizado en la categoría que indique la ITC-ICG 09. Cuando revista la forma de proyecto específico se mantendrá la necesaria coordinación con los restantes capítulos constructivos e instalaciones de forma que no se produzca una duplicación en la documentación.

El técnico facultativo competente o el instalador autorizado, según el caso, que firme dicha documentación técnica, será directamente responsable de que la misma se adapte a las exigencias reglamentarias.”

Si nos centramos en las instalaciones de las que habla Revisiones de Gas Butano, las cuales son instalaciones receptoras no alimentadas desde redes de distribución (instalaciones alimentadas desde envases de GLP Bombonas de Gas Butano o Propano), podemos tener siempre dos variantes, las instalaciones que trabajan a una presión de servicio no superior a 5 bares y las que trabajan a una presión de servicio superior a 5 bares.

Centrándonos en las primeras, ya que no creemos desde Revisiones de Gas Butano, que ninguno de los lectores de Revisiones de Gas Butano, tenga o utilice una instalación que supere los 5 bares de presión de absoluta, esto para que os hagáis una idea seria una instalación industrial, y por ello ya de antemano se trataría de evitar alimentarla con bombonas por la incomodidad que esto causaría para el propio titular o usuario de la instalación, las cuales se ejecutan según la ITC-ICG 06 y mas en concreto en su apartado 3, el cual citamos dice:

ITC-ICG 06

3. Documentación y puesta en servicio

3.1 Exclusiones.- Quedarán excluidas de este apartado las instalaciones consistentes en un único envase de GLP de contenido inferior o igual a 15 kg, conectado por tubería flexible o acoplado directamente a un solo aparato de gas móvil.”

En primer lugar nos habla de las exclusiones y deja muy claro que quedan fuera de este apartado las instalaciones que tenga una única bombona de contenido inferior o igual a 15 kg (las bombonas que nos lleva el butanero normalmente) conectada directamente por tubo flexible (goma naranja) o acoplada directamente a un solo aparato de gas móvil (estufas catalíticas, hornillas de camping, etc…). Ojo los calentadores o termos no son aparatos móviles por lo tanto no están excluidos.

Continuara…

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Como no podia ser de otra manera, publicamos aqui el modelo oficial del

CERTIFICADO DE REVISIÓN PERIÓDICA DE INSTALACIONES

INDIVIDUALES Y APARATOS NO ALIMENTADOS

DESDE REDES DE DISTRIBUCIÓN

Módelo del Certificado Oficial de Revisiones de Gas Butano

  • Se debe advertir a los lectores de este artículo que estos son los datos que como mínimo deben aparecer en el certificado que nos emita el instalador autorizado que realize la revisión de nuestra instalación de gas.
  • En el caso de instalaciones domesticas debera marca el cuadradito que hay al lado del texto que dice “UNE 60670“, ya que esto significa en realidad que nuestra instalación no trabaja a una presion mayor de 5 bares, ose el 99,99% de las instalaciones de Gas Butano.
  • Otro dato a tener en cuenta es que si en nuestra vivienda hay algún calentador, caldera, o aparato productor de agua caliente ( ACS ), el instalador valiendose de un aparato que analiza los productos de la combustión, ya sea de marca Testo, Kane o cualquiera otra homologada, debera extendernos el ticket de haber realizado el analisis de combustión de nuestro calentador, calderas, o demas y explicarnos si este esta dentro de los rangos seguros para nuestra salud, hay que destacar que la mayoria de los accidentes con resultado de muerte que se producen en España, se deben precisamente a la mala combustión de los aparatos citados en este artículo.

NOTA ACLARATÓRIA: En caso de no entregarnos el precitado ticket, debemos advertir a los lectores que la revisión carece totalmente de valided frente a Industria, la suminitradora y por supuestos cualquier otro instalador autorizado de gas.

Nunca se debe confundir el Certificado de Revisión Periódica de nuestra instalación, que es el que nos emite el instalador autorizado cuando la revisión de Gas Butano arroja un resultado favorable o positivo, con el Informe de Anomalías el cual nos emiten cuando la revisión no arroja un resultado favorable o es negativa.

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