Glosario de Terminos I
En este apartado encontrareis el glosario de terminos utilizado en las Revisiones de Gas Butano.
Todos los terminos que componen este glosario han sido extraidos bien del Real Decreto 919/2006 bien de la norma Une 60670, la cual es una norma de obligado cumplimiento para las empresas instaladoras de gas, que son las unicas que por ley pueden realizar las Revisiones de Gas Butano.
Detalle del formato en el cual se escriben los diferentes terminos.
Termino -> Explicaci贸n del termino (aclaraci贸n)-> RD 919/2006 (si a sido extraido del Real Decreto 919/2006) o UNE 60670 (si por el contrario a sido extraido de la citada norma).
Cliente -> Persona f铆sica (particular) o jur铆dica (empresa) que tiene una relaci贸n contractual con un suministrador (empresa que nos suministra el gas). -> RD 919/2006
Combustibles gaseosos -> Los relacionados en las tres familias de gases de la norma UNE 60002 ( gases de la primera famila son gases manufacturados, el aire metanado y el aire propanado con un indice de Woobe superior comprendido entre 5350 Kcal/m cubico y 5925 Kcal/m cubico, gases de la segunda familia son el gas natural y el aire propanado con un indice de Woobe superior comprendido entre 17400 Kcal/m cubico y 13065 Kcal/m cubico y gases de la tercera familia son los gases licuado del petroleo GLP, gas Butano y gas Propano ).-> RD 919/2006
Control Peri贸dico -> Actividad por la que se examina una instalaci贸n para verificar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y aptitud de uso (nombre de las Revisiones de Gas Butano) -> RD 919/2006
Suministrador -> Empresa que realiza el suministro de gas al cliente o al usuario (Repsol Butano, Cepsa, Galp, BP, etc…). Puede ser un operador al por mayor de GLP, un distribuidor al por menor de GLP a granel, un distribuidor o un comercializador (el que nos trae las bombonas a casa). -> RD 919/2006
Usuario -> Persona fisica o jur铆dica que utiliza el gas para su consumo -> RD 919/2006
Titular de una instalaci贸n -> Persona f铆sica o jur铆dica propietaria聽 (el propietario de la instalaci贸n y en primer lugar el responsable de esta, por debajo iria el usuario) o beneficiaria de una instalaci贸n. -> RD 919/2006
Instalador de gas -> Persona f铆sica que, en virtud de poseer conocimientos te贸rico-pr谩cticos de la tecnolog铆a de la industria del gas y de su normativa, est谩 autorizado para realizar y supervisar las operaciones correspondientes a su categor铆a, por medio de un carn茅 de instalador de gas expedido por una Comunidad Aut贸noma. Los instaladores de gas ejercer谩n su profesi贸n en el seno de una empresa instaladora de gas. -> RD 919/2006
Empresa instaladora de gas -> Persona f铆sica o jur铆dica que ejerciendo las actividades de montaje, reparaci贸n, mantenimiento y control peri贸dico de instalaciones de gas ( son las unicas que pueden realizar, modificar, reparar, mantener y revisar las instalaciones de gas (instalaciones no suminitradas desde redes de distribuci贸n GAS BUTANO) ) y cumpliendo los requisitos de la ITC-ICG 09, se encuentra autorizada mediante el correspondiente certificado de empresa instaladora de gas emitido por el 贸rgano competente de la Comunidad Aut贸noma (las autorizan las el 贸rgano competente ( INDUSTRIA por ejemplo ) de la Comunidad Aut贸noma, en ning煤n caso las autorizan ni ni tienen que autorizarlas las empresas suminitradoras ( REPSOL BUTANO, CEPSA, GALP, BP, etc… ) ni las distribuidoras de estas), hall谩ndose inscrita en el Registro de Establecimientos Industriales creado al amparo del art. 21 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, y desarrollado por el Real Decreto 697/1995, de 28 de abril. -> RD 919/2006
Continuara…

Añadir un comentario